El Reglamento General de Seguridad e Higiene de Costa Rica establece las normas a seguir por parte de las empresas para garantizar el bienestar y la salvaguarda de la vida humana durante el desempeño de actividades productivas de la industria nacional.
El artículo 81 de este reglamento dice lo siguiente:
ARTICULO 81°- Los patronos estarán obligados a proporcionar a los trabajadores, según la clase de trabajo:
- a) Máscaras o caretas respiratorias, cuando por la índole de la industria o trabajo no fuera posible conseguir una eliminación satisfactoria de los gases, vapores, polvo u otras emanaciones nocivas para la salud;
- b) Gafas y pantallas protectoras adecuadas contra toda clase de proyecciones de partículas: sólidas, líquidas o gaseosas, calientes o no, que puedan causar daño al trabajador;
- e) Gafas y protectores especiales contra radiaciones luminosas o caloríficas peligrosas, cualquiera que fuera su origen;
- d) Cascos para toda clase de proyecciones violentas o posible caída de materiales pesados;
- e) Guantes, manoplas, manguitos, cubre cabezas, gabachas y calzado especial, para la protección conveniente del cuerpo contra las proyecciones, emanaciones y contactos peligrosos
- f) Trajes o equipos especiales para el trabajo, cuando éste ofrezca marcado peligro para la salud o para la integridad física del trabajador;
- g) Aparatos respiratorios de tipo aislante «ciclo cerrado», o de tipo de más- cara en comunicación con una fuente exterior de aire puro mediante tubería, para todos aquellos trabajos que deban realizarse en atmósferas alta- mente peligrosas; y
- h) Protectores apropiados para los oídos, cuando los trabajadores se encuentren expuestos a ruidos que pudieren causarles daño. Asimismo, cualquier otro elemento, dispositivo o prenda que pueda proteger al trabajador contra los riesgos propios de su trabajo, a juicio del Consejo.
La versión completa del Reglamento General de Seguridad e Higiene de Trabajo de Costa Rica puede encontrarse en este enlace.
Bajo este entendido, las empresas del sector industrial de Costa Rica deben apegarse a la normativa y garantizar a sus colaboradores medidas de seguridad, así como el equipo de seguridad personal necesario según sea la labor que desempeñan. Algunos de los equipos de seguridad personal que DIEQUINSA pone a disposición de la Industria costarricense son:
- Trajes enterizos
- Ropa térmica para permanencia en cámaras de refrigeración
- Tapones y protectores de oídos para aislar el sonido
- Cubrecabezas de tela y térmicos
- Zapatos de trabajo con medidas de seguridad industrial
- Cubrebocas y mascarillas para protección de emanación de gases
- Cascos de seguridad
- Botas de seguridad
- Guantes y manoplas
- Gafas y anteojos de seguridad
Para conocer más acerca de nuestros productos de salud y seguridad ocupacional, visite nuestra sección de Equipos de Seguridad Laboral.
DIEQUINSA – EQUIPOS Y SUMINISTROS INDUSTRIALES
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